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Votación de proyecto

CHILE – Continúa votación de proyecto para regular apuestas online

La iniciativa presentada por el Ejecutivo avanza con requisitos para obtener licencia de operaciones

La Comisión de Economía avanza en la votación particular del proyecto que perfecciona la regulación del mercado de apuestas en línea, según el boletín 14838 de la Cámara de Diputados de Chile.

La propuesta pretende generar un mercado competitivo de apuestas en línea; resguardar la fe pública; proteger la salud y la seguridad de los jugadores; aumentar la recaudación fiscal; y transparentar los orígenes y el destino de los recursos obtenidos a través de estas plataformas.

En la última sesión de la semana pasada, el grupo parlamentario avanzó en la aprobación de diversas indicaciones propuestas al articulado. Específicamente, se ahondó en los requisitos y procedimientos para obtener una licencia general de operación de plataformas de apuestas en línea.

Al respecto, el Ejecutivo señaló que las mejoras que se hacen son para reforzar y subir los estándares de los requisitos que se requieren para la operación de plataformas. Algo similar a lo que ocurre con los casinos, pero con algunas diferencias, estableciéndose en ese ámbito, que quienes pretendan desarrollar plataformas de apuestas en línea deberán solicitar a la superintendencia una licencia general de operación para su explotación.

Apuestas online y requisitos para una sociedad operadora
En línea con lo anterior, se establecieron los requisitos que debe cumplir una sociedad operadora para constituirse como tal, detallando que podrán optar por una licencia general de operación de plataformas de apuestas en línea, las sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile, que se sujeten a las normas de control que rigen a las sociedades anónimas abiertas, según lo dispuesto en la Ley 18.046.

En ese plano, tales sociedades también cumplir ciertos requisitos. Por ejemplo, se pide que el objeto social sea la operación y explotación de una plataforma de apuestas en línea y servicios anexos en los términos previstos en la ley y sus reglamentos. Asimismo, se establece que las sociedades solo podrán constituirse y funcionar con un máximo de diez accionistas registrando como capital social una cifra no inferior a 2.000 UTM (Unidad Tributaria Mensual*, o unos US$150 mil, en dinero o en bienes avaluables en dinero.

Por otra parte, el proyecto resalta que la sociedad que tenga la licencia de operación deberá enterar el saldo del capital dentro de los noventa días siguientes al otorgamiento de la referida autorización. Asimismo, que sus accionistas solo podrán ser personas naturales o jurídicas, que justifiquen el origen y suficiencia de los fondos que destinarán a la sociedad, lo cual, en todo caso, verificará la superintendencia.

La instancia parlamentaria continuará avanzando en la votación particular de la iniciativa que se encuentra con urgencia simple.

*UTM Agosto: CL$63.199


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CI Americano Julio/Agosto 2023 Boletín 231
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