PERÚ: Congreso uniformiza el pago del ISC para operadores locales y extranjeros
Reforma elimina la asimetría tributaria e impulsa la modernización del sector online
El Congreso de la República aprobó modificaciones a la autógrafa de la Ley 31557, incorporando observaciones del Poder Ejecutivo para actualizar el esquema fiscal de los juegos de azar, apuestas deportivas y juego online. La propuesta establece que la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) oscilará entre 0.3% y 7%, en cumplimiento del criterio del Tribunal Constitucional, que fijó un límite máximo del 20% para evitar efectos confiscatorios.
El texto pasará ahora al pleno como versión sustitutorio del Proyecto de Ley 9645, que busca actualizar el marco normativo para la explotación de juegos y apuestas deportivas a distancia u online.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la facultad otorgada al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para modificar la tasa del ISC según sea necesario. Además, el Congreso ha planteado triplicar el impuesto, pasando del 1% al 3% de forma inmediata una vez publicada la norma. Esta actualización pretende ordenar el esquema tributario, corregir vacíos regulatorios y fortalecer el rol de las entidades supervisoras.
De manera destacada, el proyecto corrige la distorsión actual en el pago del ISC entre operadores domiciliados y no domiciliados. Con la reforma, todas las empresas —peruanas o extranjeras— serían las obligadas al pago del impuesto, eliminando la asimetría vigente donde, en el caso de plataformas extranjeras, el apostador peruano debía asumir el tributo.
El texto también mantiene la modificación a los artículos 6 y 9 de la Ley 31557, permitiendo la participación de personas naturales con negocio dentro del ecosistema regulado. Con ello se eliminan fallas técnicas y se genera un impacto social inmediato, ya que permitirá que más de 500.000 bodegueros puedan reincorporarse formalmente a la actividad mediante la venta de apuestas online.





















