BRASIL – Los casinos pagarían 44,5% de impuestos y 38,5% las bets
Por: Magnho José
Se desconoce cuánto podrá recaudar el sector con el Impuesto Selectivo debido a que no está regulado (apuestas) y legalizado (juegos de azar). El ‘Impuesto al Pecado’ puede convertirse en el ‘Impuesto de los Sueños’; echa un vistazo al análisis de BNLData
La Cámara de Diputados concluyó la votación del proyecto de ley que reglamenta la reforma tributaria (Ley Complementaria 68/24), y mantuvo el cobro del Impuesto Selectivo (IS) o ‘Impuesto al Pecado’ para negocios de predicción que incluyen a las apuestas deportivas – bets – y sorteos de cuotas fijas, apuestas hípicas y otras apuestas (juegos de azar), juegos de fantasía (en los que el jugador simula un equipo deportivo y gana además de los resultados en el mundo real). De acuerdo con el texto aprobado por los diputados, incluso los juegos de azar cuando sean legalizados por el Congreso Nacional serán incluidos en el Impuesto Selectivo por tratarse de apuestas.
El PLP 68/24 regula varios aspectos de la recaudación del Impuesto sobre Bienes y Servicios (SII), la Contribución Social sobre Bienes y Servicios (SBI) y el Impuesto Selectivo (IS), que reemplazará al PIS, Cofins, ICMS, ISS y parcialmente al IPI.
La regulación de la Reforma Tributaria, aprobada el miércoles 17 de julio en la Cámara, que mantuvo el Impuesto Selectivo (IS) para una serie de sectores, significa que sus productos podrán pagar más impuestos que la tasa estándar del 26,5%. El Impuesto Selectivo, también conocido como ‘Impuesto al Pecado’, gravará los productos que se cataloguen como nocivos para la salud y tendrá la tasa definida en el futuro y podrá variar según el producto y servicio.
Pero el camino del proyecto de regulación de la Reforma Tributaria aún es largo, y tras su aprobación en la Diputados, el texto pasará al Senado, donde aún puede ser modificado. Para el consumidor, nada cambia a corto plazo. La Reforma Tributaria se implementará de manera gradual. En 2026 se implementará una tarifa de prueba, pero los cambios solo entrarán realmente en vigor para el consumidor en 2027, en un proceso que se extenderá hasta 2033.
Desde que se anunció la inclusión del sector del juego y apuestas en el Impuesto Selectivo, representantes de esta y entidades han trabajado en Brasilia para intentar revertir esta opción que tuvieron los parlamentarios, pero sin éxito. Existe un pensamiento erróneo entre los actores políticos sobre los juegos, las apuestas y las loterías y esta imagen negativa tardará años en revertirse.
Incluso la modalidad de Deportes de Fantasía, que simulan juegos reales, se incluyó en el impuesto selectivo. Popularizado por plataformas como Cartola y Rei do Pitaco, con más de 30 millones de usuarios, el segmento argumentó sin éxito que los juegos difieren de los sitios de apuestas y juegos de azar, considerados perjudiciales para la salud, y ahora también serán gravados.
En entrevista con O Globo, el secretario de Reforma Tributaria del Ministerio de Hacienda, Bernard Appy, estimó que los juegos de azar, en caso se mantenga el impuesto selectivo, tendrán una tasa total de más del 40%, ya que se le sumará la tasa estándar del 26,5%, y el impuesto selectivo, la tasa del 12% establecida en la ley de regulación de apuestas, en el margen de servicio de las empresas.
Simulación con la tarifa básica de las apuestas
A la fecha, las empresas con ingresos superiores a R$ 78 millones en el año calendario o en el año anterior están obligadas a calificar a estos como Beneficio Real
Actualmente, las apuestas deportivas y los juegos en línea deben pagar la tasa por Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social – Cofins (7.6% de los ingresos), Impuesto a la Renta de las Empresas – IRPJ (15% de los ingresos) Contribución Social a la Utilidad Neta – CSLL (9% de la ganancia) y Programa de Integración Social – PIS (1.65% de la ganancia), todo esto daría un total de 33.25% de impuestos federales, además del Impuesto Municipal a los Servicios – ISS, que agregaría una tributación del 5% al 2% dependiendo del municipio donde esté instalada la empresa. Con este escenario, la tributación de las apuestas sería del 38,25% al 35,25%. Si sumamos a estos valores el 12% del GGR, este sector tendría una tributación del 50,25% (ISS del 5%) y del 45,25% (ISS del 2%). Todo esto sin contar con el pago periódico de subvenciones a la Unión, otros impuestos laborales y el propio Impuesto a la Renta sobre los premios netos, que, en este caso, serán cobrados por el apostador, o ganador del premio.
Si tomamos como base el tipo impositivo estándar del 26,5% sumado al 12% del GGR, el sector de las apuestas deportivas y el juego online tendría un tipo impositivo del 38,5%, que ya se considera muy alto para esta actividad en comparación con otros mercados.
Algunos ejemplos mundiales de tributación del GGR son la Isla de Man (0 %), Antigua y Barbuda (3 %), Grecia (5 %), Estonia (5 %), Malta (5 %), Nueva Jersey (10 %), Chipre (13 %), Reino Unido (15 % de apuestas deportivas y 21 % de juegos de casino a distancia), Bulgaria (15 %), Suecia (18 %), España (20 %), Italia (22 %); República Checa (15% apuestas deportivas y 35% casino); Dinamarca (28%) y Alemania (5,3% de facturación).
Simulación con el tipo impositivo básico para los juegos de azar
Otro sector que puede verse impactado por la introducción del Impuesto Selectivo (IS) serán los juegos previstos en el PL 2.234/22, que debe tener su votación final de este año en el pleno del Senado. La tributación aprobada por la Cámara de Diputados para casino, bingo, jogo do bicho y juegos online será a través del CIDE del 17%, más un 1% destinado a la formación de deportistas.
Si además tomamos como base el impuesto estándar para los juegos de azar –que aún no han sido aprobados por el Congreso–, casino, bingo, jogo do bicho y los juegos online tendrían un impuesto del 18% (CIDE + formación de deportistas) sumado al 26,5% que daría un total del 44,5%, haciendo prácticamente inviables todas las operaciones. Recordando que el cálculo final aún no se ha definido.
BNL Data reporta que, según un experto, el artículo 103 de la PL 2,234-22 que creó Cide-Jogos puede restringir la tributación de las operaciones de casino, bingo, jogo do bicho y juegos en línea solo en un 17%. Dado que la tarifa «Cide-Jogos» será de hasta el 17% sobre los ingresos brutos obtenidos como consecuencia de la explotación de los juegos sin la incidencia de ninguna otra contribución o impuesto sobre la cifra de negocios, los ingresos o los beneficios derivados de la explotación de juegos y apuestas, descontando la cantidad a que se refiere el apartado 3 de este artículo.
Además de las apuestas deportivas, los juegos de azar online y los juegos de azar, las empresas operadoras de loterías subcontratadas por los gobiernos estatales y municipales también se incluirán en el Impuesto Selectivo (IS) y tendrán tasas más altas que el 26.5% estándar.
Fiscalización fuera de la realidad
El problema es que, con la inclusión del sector de juego, apuestas y loterías en el Impuesto Selectivo (IS) la tasa será superior al estándar del 26,5% y terminará perjudicando a la sociedad y a la implementación de políticas públicas, ya que los operadores que actúen ilegalmente en el país no serán objeto de este tipo de cobranza y, por lo tanto, estimulará la migración de los apostadores al mercado ilegal porque los premios serán más atractivos.
Los parlamentarios incluyeron los juegos, las apuestas, las loterías y los juegos de fantasía en las tasas del Impuesto Selectivo para compensar las concesiones hechas en el texto de la reforma, como la inclusión de más rubros en la canasta básica, en los sectores de salud y educación y profesionales liberales, por ejemplo.
Existen variables que no han sido evaluadas, como la publicación de ordenanzas por parte de la Secretaría de Hacienda en la regulación de las apuestas de cuota fija o apuestas deportivas, especialmente de los juegos de azar online, que serán fundamentales para definir la cantidad de operadores que solicitarán la licencia federal y la tasa de canalización para los apostadores. Además, los ejecutivos interesados en una licencia federal evalúan otros riesgos, como la competencia con operaciones no reguladas, operadores en el extranjero, además de las operaciones estatales y municipales.
Una fiscalización fuera de la realidad de las mejores prácticas globales puede ser decepcionante para las proyecciones del gobierno, que trabaja con una canalización de más del 85% de los apostadores actuales.
El gran problema de la inclusión de las opciones de predicción (lotería, apuestas, juegos de azar y fantasía) en el Impuesto Selectivo o ‘Impuesto al Pecado’ es que nadie es capaz de afirmar con claridad cuánto puede generar este sector en impuestos para las arcas públicas porque no está regulado (apuestas) y legalizado (juegos de azar). De hecho, en Brasil, el ‘Impuesto al Pecado’ podría convertirse en el ‘Impuesto de los Sueños’.





















