Todo el Juego desde Alaska a Tierra del Fuego

Ministerio de Economía y Finanzas

URUGUAY – Presidente firma decreto de impuesto al apostador

Representa un descuento del 0.75% deducido de cada apuesta realizada por el apostador

Con fecha 12 de agosto, en Montevideo, el presidente de Uruguay, Yamandú Orsi emitió un decreto cosignado con Gabriel Oddone, ministro de Economía y Finanzas, que en Artículo 1º indica que: “Estará gravada la realización de apuestas en la República a través de máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata, instaladas en casinos o salas de entretenimiento expresamente autorizadas por ley”.

La tasa del impuesto será del 0,75% (cero con setenta y cinco por ciento) del monto de la apuesta, que deberá ser pagada por el apostador, “con la realización de cada apuesta en dinero con independencia del medio en que se lleve a cabo la misma, el cual comprenderá entre otros, fichas, monedas, billetes, dinero electrónico u otros instrumentos similares que permitan materializarla”.

Es decir, cada apuesta lleva un descuento del 0.75% deducido de la apuesta realizada por el apostador, en su momento, denominando al operador del local o sitio de juegos como agente de retención del impuesto, que, “deberá documentarse en los términos y condiciones que disponga la Dirección General Impositiva (DGI)” según lo dispone el Articulo 9º., para su abono al Estado.

Decreto