CHILE - Asesor de la ACCJ cuestiona el tratamiento tributario de las apuestas online
Luis Cordero sostiene que el SII excedió sus atribuciones al crear un proceso tributario para plataformas extranjeras
La controversia expone un conflicto institucional más amplio entre la recaudación de impuestos sobre las apuestas online y la determinación de si las empresas que ofrecen esos servicios están autorizadas para operar en Chile.
Luis Cordero, asesor legal externo de la Asociación Chilena de Casinos y Juegos, cuestionó el procedimiento establecido por el Servicio de Impuestos Internos para las plataformas extranjeras de apuestas y casinos online.
En una entrevista con El Mercurio, el exministro de Justicia y Seguridad sostuvo que el SII creó en la práctica una vía administrativa para regularizar la posición de estas plataformas sin una licencia de juego.
Luis Cordero, asesor legal externo de la ACCJ: “La decisión es absolutamente ilegal. El SII no tenía atribuciones para dictar esa resolución.
“Establecer un procedimiento para la inscripción y el cobro de impuestos como si estas plataformas fueran asimilables a un casino regulado son dos elementos que lo hacen ilegal y generan una serie de peligros asociados.”
El SII exige el pago de IVA del 19%
El SII introdujo en junio de 2026 un sistema simplificado de inscripción para plataformas de apuestas, juegos de azar y casinos online sin domicilio ni residencia en Chile.
Las empresas registradas deben declarar y pagar el IVA Digital. Las plataformas que prestaron servicios durante los 36 periodos tributarios anteriores también deben abonar los impuestos pendientes.
La tasa general es del 19%. La base imponible se calcula normalmente sobre el dinero apostado por los clientes en Chile. Cuando la operadora puede acreditar de forma fiable los premios pagados, esos importes pueden descontarse al determinar la base.
Si una plataforma no se inscribe voluntariamente, el SII puede aplicar un cambio de sujeto. El mecanismo obliga a bancos, emisores de tarjetas y otros proveedores de pago a retener el IVA de las transacciones e ingresarlo al Fisco.
El SII ha señalado expresamente que la recaudación tributaria no autoriza a una plataforma para operar, no regulariza su situación dentro del sector del juego ni sustituye las competencias de otros organismos públicos.
Cordero advierte un conflicto con las órdenes judiciales
Cordero cuestiona esa distinción. En su opinión, obligar a las plataformas a inscribirse genera una apariencia de reconocimiento administrativo mientras los tribunales chilenos han ordenado a proveedores de internet bloquear páginas de apuestas que operan sin autorización.
Sus preocupaciones van más allá de la recaudación. El abogado señaló riesgos relacionados con la niñez, la educación, la seguridad pública y los movimientos de fondos.
Las pasarelas de pago requieren una atención especial, sostuvo, porque las autoridades deben conocer cómo circulan los recursos y cuál es su destino final.
Una futura regulación deberá definir la autorización para operar, el sistema de licencias, la identidad corporativa, el domicilio fiscal y la trazabilidad de los fondos. Cordero también pidió medidas sobre ludopatía, apuestas excesivas y publicidad.
La ACCJ pide una revisión a Contraloría
La ACCJ solicitó a la Contraloría General de la República que examinara la medida del SII. Después de que el organismo decidiera no emitir un pronunciamiento sustantivo, la Asociación pidió que reconsiderara esa posición.
Cordero ha indicado que la controversia podría trasladarse a los tribunales si la vía administrativa no resuelve la disputa.
Ningún tribunal u organismo de control ha declarado ilegal el mecanismo tributario del SII. Por ahora, la calificación de “absolutamente ilegal” corresponde a la opinión jurídica de Cordero y a la posición defendida por la ACCJ.






















