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BRASIL – La Corte Suprema termina con el monopolio de la Lotería estatal

Juzga que la lotería es un servicio público y puede ser explotada por cada estado

El Tribunal Supremo de Brasil (STF) juzgó el miércoles (30), que el Estado de la Unión no tiene exclusividad sobre la explotación o las operaciones de las loterías y votó unánimemente para que cada Estado, a pesar de no tener competencia legislativa en la materia, pueda explotar y operar loterías en cualquier formato.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia revisó el Procedimiento de Incumplimiento de los Preceptos Fundamentales (ADPF, por sus siglas en portugués) 492 y 493 para declarar que los artículos del Decreto-ley 204/1967, que tratan sobre la exclusividad de la Unión para explotar las loterías, no fueron aprobadas por la Constitución de 1988, afirmando además que la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 4986, que debatió si la legislación del Estado de Mato Grosso para regular la explotación de las modalidades de lotería invadió la competencia privada del Estado para legislar sobre consorcios y sistemas de sorteos, fue rechazada porque estaban vinculadas al modelo federal de loterías.

La naturaleza del servicio público

En el asunto de comprensión unánime de la Corte Suprema, el lector, Ministro Gilmar Mendes, subrayó que la explotación de las loterías tiene un carácter de servicio público y que la legislación federal no puede imponerse en esto a ninguna autoridad federal, cualquier «restricción a la explotación de un servicio público, más allá de lo ya previsto en el texto constitucional (artículo 175)». Según Mendes, los elementos cuestionables de los ADPF no se aplican a la competencia subsidiaria de los Estados para la prestación de servicios públicos.

El ministro Mendes añadió: «Desde que se inició la legislación sobre esta materia, la coexistencia de explotación siempre ha sido aceptada tanto por la Unión como por los Estados hasta la aprobación del decreto-ley 204. Antes de eso, la competencia de los Estados para explotar este servicio público siempre había sido reconocida como tal. En mi opinión, es concebible concluir que la competencia exclusiva para legislar sobre el tema no impide que los Estados operen o exploten loterías».


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