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Bandera de Paraguay

PARAGUAY – Se pagará impuesto del 8% por ganancias en Juegos de Azar

Similar impuesto del 5% en Panamá ha generado pérdidas a todos en los últimos años

Con fecha 30 de diciembre de 2019, el presidente de Paraguay, Mario Abdo Benítez, firmó el Decreto Nº 3.184/19, por el cual se reglamenta el Impuesto a la Renta Personal (IRP), según la Ley N° 6380/2019, “De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”, aplicando los “Artículo 35.- Juegos de Suerte o de Azar y Artículo 36.- Apuestas y Premios, para imponer impuestos a las “Ganancias de Capital por Premios de Juegos de Suerte o de Azar”.

Como toda forma de impuesto similar al nuevo IRP paraguayo a la industria del juego, que, según la Subsecretaría de Estado de Tributación, se propone mejorar ingresos, solamente logrará aumentar el volumen del juego ilegal, disminuyendo ingresos en el juego reglamentado, como se ha visto en Panamá, donde un similar impuesto retentivo del 5% ha visto disminuir en los últimos años el volumen de ingresos del sector del juego, además de las inversiones y los puestos de trabajo.

El Artículo 35 del nuevo decreto, dice que “Conforme al artículo 3° de la Ley N° 1.016/1997, Que establece el régimen jurídico para la explotación de los Juegos de Suerte o de Azar y sus modificaciones, se considerarán juegos de suerte o de azar a los que operen total o parcialmente en casinos; a las loterías, sean éstas diferidas o instantáneas; a las rifas; a los bingos y sus combinaciones; a las quinielas; a las combinaciones aleatorias o chances; a los juegos electrónicos de azar, sean éstos manuales o automáticos; a las apuestas deportivas; a las carreras de caballo; y a los telebingos, así como cualquier otra forma o modalidad de juego que autorice la Comisión Nacional de Juegos de Azar”.

Asimismo, el Artículo 36 sobre las Apuestas y Premios, dice que, “Se considerará apuesta la compra de números, billetes, boletos, cartones, tiques, tarjetas, fichas o monedas adquiridas por un precio, y similares, que posibilita la obtención de un resultado, al que se arriba en función del azar o de la habilidad del jugador, considerándose premio, a la diferencia entre la apuesta directa y la ganancia que fuere resultado del juego. Dicha apuesta debe guardar relación directa y exclusiva con el juego en particular que produzca la ganancia”.

En efecto, el nuevo IRP paraguayo aplica a los premios superiores a los 500.000 guaraníes (US$70) pagados en casinos, apuestas deportivas, loterías, bingos, sorteos, etc., imponiendo a los operadores la función de agentes de retención del nuevo impuesto aplicando la tasa del 8% al total de todos los pagos de los premios en dinero a todo cliente.


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