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MET usados

COLOMBIA – Importación de MET usadas remanufacturadas

Gobierno anticipa reinicio del sector del juego con facilidades para la industria

Coljuegos expide comunicación de fecha 26 del presente explicando el decreto concordado con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para la importación de MET usadas remanufacturadas, como se lee en el siguiente reporte, o entrando al sitio https://www.coljuegos.gov.co/

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 576 de 2020, mediante el cual adoptó medidas en el sector de juegos de suerte y azar para impedir la extensión de los efectos de la pandemia del Covid-19, dentro de las cuales se contempla el artículo sexto que permite la importación de Máquinas Electrónicas Tragamonedas (MET) usadas remanufacturadas, así:

“Artículo 6. Reactivación económica de los Juegos de Suerte y Azar. A partir de la entrada en vigencia de la presente disposición y por un término de un (1) año, los fabricantes de Máquinas Electrónicas Tragamonedas (MET), sus representantes o distribuidores en Colombia, o los operadores con contrato de concesión que las compren directamente a un fabricante, podrán importar elementos de juego usados remanufacturados, siempre que se trate de modelos certificados por los laboratorios, en el cumplimiento de los requerimientos técnicos que expida Coljuegos.”

Con ocasión de la expedición de este artículo, Coljuegos y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo realizaron una sesión de trabajo en la que se estableció que para la aplicación de esta norma se va a expedir un Decreto Reglamentario, con el fin de establecer el procedimiento para que Coljuegos informe al ministerio los modelos de MET que podrán ser importados, junto con el listado de personas jurídicas habilitadas para realizar estas importaciones. En este sentido, se informa que las dos entidades están trabajando para definir las condiciones de esta reglamentación y una vez se tenga acordado el proyecto, Coljuegos citará a una mesa técnica con fabricantes, distribuidores autorizados y operadores y, posteriormente, procederá a la publicación de la norma para que los interesados presenten las observaciones.

En este orden de ideas, cualquier importación que se haga previo a la expedición del decreto reglamentario del artículo 6 del Decreto 576 de 2020, deberá hacerse conforme a lo dispuesto en el Decreto 925 de 2013, “por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación”, y en el que se señala que el Registro de Productores de Bienes Nacionales será instrumento de consulta y soporte para evaluar y decidir sobre las solicitudes de licencia de importación que amparen, entre otros, los productos en condiciones especiales de mercado, dentro de los cuales están los bienes usados.


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